El Programa Municipal Básico de Formación, Asistencia Técnica y Financiamiento para emprendedores locales es un programa cogestionado entre el Concejo Municipal de Rosario y el Departamento Ejecutivo Municipal, que tiene como finalidad aportar recursos formativos,
asesoría y financiamiento económico, tanto para la generación de microemprendimientos como para la consolidación de los existentes.
Categorías de créditos
Primer impulso: Destinado a aquellos proyectos que necesiten de un aporte inicial para ser llevados a la práctica y comenzar, donde la ausencia de un capital inicial impide el desarrollo de la idea.
Fortalecimiento: Destinado a proyectos que ya tienen cierta trayectoria, pero necesitan un aporte económico que permita fortalecer y consolidar la situación del emprendimiento.
Segunda Etapa: Destinado a emprendimientos con trayectoria media, que ya accedieron a un crédito PROMUFO y cumplieron estrictamente con el pago de las cuotas, y solicitan un nuevo apoyo crediticio a fin de seguir fortaleciendo el espacio de trabajo.
En todos los casos los proyectos podrán ser:
Asociativos; participan dos (2) o más personas en el emprendimiento, que se verá beneficiadas con el crédito a través de una sustentación del proyecto laboral.
Básicos: participa una persona del emprendimiento. Con el acceso al crédito PROMUFO logrará fortalecer y mejorar la situación laboral y social de sí misma y el entorno familiar.
El financiamiento irá desde 4 (cuatro) hasta 12 (doce) Salarios Mínimo Vital y Móvil dependiendo del tipo de proyecto, con una tasa de interés de hasta el 30% anual, y con una posibilidad de devolución en hasta 3 meses de gracia.
Requisitos
1 – Poseer domicilio real y legal en la Ciudad de Rosario.
2 – No ser empleado municipal ni familiar directo.
3 – Contar con competencias básicas para poder formular e implementar su proyecto.
4 – Posibilidad de generar impacto en la creación de puestos de trabajo, respecto del propio
emprendedor, de sus familiares o de terceros.
5 – La idea base respecto del microemprendimiento como «proyecto de negocio» debe estar
dirigida al mercado y constituirse en una salida laboral y empresaria con respecto a la
viabilidad económica, expresada en términos de generar un excedente económico para
consolidar el emprendimiento y para abonar las cuotas del préstamo que se otorgue.
6 – Cumplir con las normativas municipales (En el caso de emprendimientos alimenticios se
necesitará Constancia de G.I.P., trámite que se realiza en el Instituto del Alimento, Lima 865,
Tel: 4804886/887).
7 – Ser mayor de 18 años y poseer Documento Nacional de Identidad vigente.
Acceso al Programa
1. Completar Formulario de Inscripción. Entregarlo en mesa de entradas por duplicado junto
con una copia del DNI (este Formulario se envía, posteriormente a la oficina del Promufo de la
Secretaría de Desarrollo Económico y Empleo del Departamento Ejecutivo Municipal).
2. Desde la oficina de Promufo se realiza una entrevista para conocer al emprendedor (a la que
podrá sumarse una visita al lugar del emprendimiento) y evaluar la admisión de acuerdo a los
requisitos establecidos. Se realiza un informe socioambiental en relación a la procedencia,
pertinencia y viabilidad del proyecto; el cual es analizado por una Unidad Ejecutora que decide
cuáles son los proyectos viables. Si la evaluación fuere negativa, se reorientará al solicitante a
los fines de la reformulación del pedido, o de considerarlo pertinente, se lo asistirá con algún
otro programa existente en el ámbito de las políticas sociales locales, regionales o nacionales
que se adecue a su realidad.
3. Los seleccionados deben realizar un taller de capacitación: con la finalidad de obtener
herramientas teórico-prácticas para formular e implementar los proyectos. El eje temático
versará sobre: desarrollo de la idea, administración, análisis de mercado, comercialización,
planificación, formulación de presupuestos, costos, precios, asociativismo, recursos humanos y
proyecto de negocio. La idea es que en el transcurso del taller los emprendedores apliquen lo
aprendido en su proyecto final.
4. Presentación y evaluación final: El proyecto formulado será evaluado por la Unidad
Ejecutora. En caso de ser viable, se procederá a su aprobación legislativa, habilitando la firma
del convenio y otorgando el crédito en los tiempos que fije anualmente la municipalidad.